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Apostilla de La Haya

Apostilla de La Haya

Cómo funciona la legalización única para que un documento público español tenga validez en otro país del Convenio de La Haya, y viceversa.

Última verificación

Fuentes

05 oficiales

Tipo

APOSTILLA

Respuesta breve

La Apostilla de La Haya certifica que un documento público es auténtico para que sea reconocido en cualquier otro país firmante del Convenio de La Haya de 1961, sin legalización diplomática adicional. En España, la autoridad competente depende del tipo de documento: el Ministerio de Justicia para determinados documentos (incluida la vía electrónica), los Colegios Notariales para documentos notariales, y el Ministerio de Asuntos Exteriores para documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares. Si tu documento procede de otro país de la Unión Europea, comprueba primero si el Reglamento (UE) 2016/1191 exime de la Apostilla en tu caso antes de iniciar este trámite.

En esta guía

Qué es la Apostilla de La Haya

La Apostilla, o «legalización única», es la certificación prevista por el Convenio XII de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, de 5 de octubre de 1961. Acredita la autenticidad de la firma, el sello y la calidad de la autoridad que emitió un documento público, para que dicho documento surta efecto en otro país firmante del Convenio sin trámites de legalización adicionales.

Qué autoridad expide la Apostilla en España

El Real Decreto 1497/2011, de 24 de octubre, determina los funcionarios y autoridades competentes para realizar la Apostilla en España. La competencia se reparte según el tipo de documento:

  • Documentos notariales: los Decanos de los Colegios Notariales, o los notarios en quienes deleguen.
  • Documentos judiciales y determinados certificados administrativos: el Ministerio de Justicia.
  • Documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares: el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Apostilla electrónica del Ministerio de Justicia

El Ministerio de Justicia ofrece un servicio de Apostilla electrónica, gratuito y en línea, a través de su sede electrónica (sede.mjusticia.gob.es), que evita desplazamientos presenciales. Según la propia sede electrónica, este trámite está disponible actualmente solo para determinados certificados emitidos por el Ministerio de Justicia — entre ellos, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento, certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y contratos de seguro de cobertura de fallecimiento, además del certificado de antecedentes penales, entre otros.

La Apostilla electrónica puede solicitarse con autenticación Cl@ve para la tramitación completa, o consultarse y descargarse de forma parcial sin certificado digital. El documento queda disponible para su descarga durante un año desde la emisión; la verificación de la apostilla y de la firma de la autoridad competente puede realizarse durante 25 años desde la fecha de emisión.

Si el documento procede de otro país de la Unión Europea

Depende de tu caso

Antes de tramitar la Apostilla, comprueba si tu caso puede acogerse al Reglamento (UE) 2016/1191. Para determinados documentos públicos — áreas como nacimiento, matrimonio, defunción, domicilio o antecedentes penales, entre otras, no todas las categorías — expedidos por un país de la Unión Europea y presentados en otro país de la UE, este reglamento suprime el requisito de Apostilla.

Esta exención no es automática para cualquier documento: depende de la categoría concreta del documento y de si el país de origen la reconoce para esa categoría. El propio reglamento aclara además que quedar exento de Apostilla no obliga a la autoridad receptora a reconocer el contenido o los efectos jurídicos del documento — solo simplifica el trámite formal de autenticación. Si tienes dudas, consulta con la autoridad que expidió el documento o con la que lo va a recibir antes de iniciar el trámite de Apostilla.

Si el país no es firmante del Convenio de La Haya

Depende de tu caso

Cuando el país de origen o de destino del documento no forma parte del Convenio de La Haya de 1961, la Apostilla no es aplicable; en su lugar suele exigirse legalización diplomática o consular, un procedimiento distinto y generalmente más largo. Verifica el estado del país concreto antes de iniciar el trámite.

Apostilla y traducción jurada

Si el documento apostillado no está en el idioma exigido por el país o el organismo de destino, necesitarás además una traducción jurada. Como norma práctica, conviene apostillar primero y traducir después, para que el traductor jurado traduzca también el texto de la propia apostilla (ver la guía de traducción jurada del certificado de nacimiento para un ejemplo aplicado).

Fuentes oficiales

05 fuentes verificadas

Esta guía se basa en las siguientes fuentes oficiales, verificadas en las fechas indicadas.

Preguntas frecuentes

¿La Apostilla y la legalización diplomática son lo mismo?

No. La Apostilla es un trámite simplificado, de un único paso, que solo es válido entre países firmantes del Convenio de La Haya. La legalización diplomática es un procedimiento distinto, habitualmente más largo, para documentos que se dirigen a (o proceden de) países no firmantes.

¿Cuánto cuesta apostillar un documento en España?

El servicio de Apostilla electrónica del Ministerio de Justicia se ofrece como trámite gratuito según su propia sede electrónica; otras vías, como los Colegios Notariales, pueden tener condiciones distintas. Verifica el coste exacto en el organismo competente para tu documento antes de iniciar el trámite.

¿Puedo tramitar la Apostilla si no tengo certificado digital ni Cl@ve?
Depende de tu caso

La sede electrónica del Ministerio de Justicia permite una consulta y descarga parcial sin certificado digital, aunque la tramitación completa de la solicitud requiere autenticación con Cl@ve. Para documentos cuya competencia corresponde a otro organismo (Colegios Notariales, Ministerio de Asuntos Exteriores), el procedimiento de acceso puede variar.

¿Necesito Apostilla si mi documento es de otro país de la UE?
Depende de tu caso

No siempre. Para determinadas categorías de documentos públicos, el Reglamento (UE) 2016/1191 suprime el requisito de Apostilla entre países de la Unión Europea — pero no para todos los documentos ni de forma automática. Comprueba tu caso concreto antes de iniciar el trámite de Apostilla.

Ruta Jurada contrasta esta guía con fuentes oficiales.

Última verificación: 13 de agosto de 2026 · 05 fuentes oficiales.

Consulta siempre el requisito concreto con la autoridad receptora cuando corresponda.